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Humanes de Madrid | Campaña “Pequeñas acciones, un gran Humanes de Madrid” para fomentar el censo canino

Humanes de Madrid | Campaña “Pequeñas acciones, un gran Humanes de Madrid” para fomentar el censo canino

La Concejalía de Bienestar Animal del Ayuntamiento de Humanes de Madrid ha puesto en marcha la campaña “Pequeñas acciones, un gran Humanes de Madrid”, una iniciativa dirigida a informar y concienciar a los vecinos sobre la obligatoriedad de censar a sus perros en el municipio en el que residen.

El censo municipal de animales es una herramienta fundamental para el bienestar animal y la convivencia ciudadana. Este registro permite, entre otros beneficios, prevenir el abandonofacilitar la rápida recuperación de perros perdidospromover una mayor responsabilidad por parte de los dueños hacia sus mascotas y mejorar la gestión de los servicios municipales relacionados con los animales de compañía.

Como parte de esta campaña, la Concejalía de Bienestar Animal regalará a los vecinos que realicen el censo un kit de paseo responsable, que incluye todo lo necesario para fomentar conductas cívicas durante los paseos con los perros: una botella para diluir la orina y un portabolsas con bolsas para la recogida de excrementos.

Los interesados podrán acudir a la Concejalía de Sanidad, en horario de 9:00 a 14:00 horasa partir del próximo 26 de enero, para realizar el censo y recoger su kit. Asimismo, aquellos vecinos que ya tengan a sus animales debidamente censados podrán obtener igualmente el kit, facilitando el nombre de su mascota.

***Para tramitar la solicitud de registro de animales de compañía obligatoria, se deberá presentar la siguiente documentación:

– Rellenar la solicitud con todos los datos solicitados.
– Fotocopia del D.N.I. del propietario titular del animal.
– Fotocopia del Registro de Identificación de Animales de Compañía (RIAC)
– De la cartilla sanitaria del veterinario:
o Fotocopia hoja en la que aparecen los datos del animal y número de microchip.
o Fotocopia vacunas de la rabia (actulizada).

Presentar la solicitud y las copias de los documentos requeridos:

– Presencialmente: de lunes a viernes de 09:00 a 13:30 en el registro del
Ayuntamiento.
– Telamáticamente: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Humanes de Madrid. *** SE ADJUNTA DOCUMENTO PARA EL CENSO A CONTINUACIÓN:

CENSO ANIMALES

Si el animal cambió de propietario, domicilio o fallece se debe comunicar al Ayuntamiento de Humanes de Madrid para proceder al cambio de datos o baja en el censo municipal.

Ordenación a tener en cuenta:

– Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

Artículo 30. Tenencia de perros.

3. En el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.

– Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales.

ARTÍCULO 9.- Los propietarios o poseedores de perros, deberán cumplir las siguientes obligaciones: a) El poseedor o adquiriente de un perro o gato está obligado a inscribirlo en el censo, dentro del plazo máximo de 3 meses desde su nacimiento o de 1 mes desde su adquisición. El animal deberá llevar su identificación censal de forma permanente.

– ORDENANZA DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DEL AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

Art. 33. Excrementos de animales. —1. Las personas que acompañen a sus animales están obligadas a recoger los excrementos y a minimizar el impacto de las micciones que depositen en cualquier lugar de las vías o lugares públicos y, de manera especial, en zonas de recreo infantil y en zonas de estancia o paso.

2. Cuando los excrementos de los animales queden depositados en las aceras, paseos, jardines y, en general, en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones o juego infantil, deberán ser recogidos por los propietarios o personas que los acompañen y depositados en un contenedor de basura, debidamente introducidos en una bolsa de plástico. Las micciones deberán limpiarse con un producto adecuado para tal fin.

El incumplimiento de estas normativas será sancionado de conformidad con la legislación vigente.

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