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Boadilla del Monte | Hasta el 24 de marzo está abierto el plazo de alegaciones a la Ordenanza Reguladora de la Zona de Bajas Emisiones

Boadilla del Monte | Hasta el 24 de marzo está abierto el plazo de alegaciones a la Ordenanza Reguladora de la Zona de Bajas Emisiones
  • La ZBE de Boadilla se limitará al casco histórico

El Pleno del Ayuntamiento de Boadilla del Monte aprobó inicialmente, en su última sesión, la Ordenanza Reguladora sobre la Creación y Gestión de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) del municipio. Tal como prevé la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, el expediente se encuentra sometido a información pública hasta el próximo 24 de marzo, con el fin de que los vecinos puedan presentar reclamaciones o sugerencias.

El documento puede examinarse en las dependencias de la Secretaría Municipal (Juan Carlos I, 42) y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, a través de este enlace. Las alegaciones que se quieran realizar deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica, con una instancia general, disponible aquí.  

La ZBE de Boadilla del Monte se circunscribe al casco histórico y tendrá una implantación en dos fases: una inicial, hasta el 1 de enero de 2030, y otra de desarrollo, a partir de esa fecha.

En la primera fase, no podrán acceder a la ZBE los vehículos que no tengan distintivo ambiental o tengan distintivo A de la Dirección General de Tráfico, con las siguientes excepciones: 

  • Vehículos de los vecinos de Boadilla, vivan o no en el ámbito de la ZBE.
  •  Vehículos de quienes, aun no siendo vecinos, tengan una plaza de aparcamiento dentro de la zona o estén dados de alta en el impuesto de circulación.
  •  Vehículos de empresas o autónomos que ejerzan su actividad empresarial o laboral en la zona.
  •  Vehículos de proveedores que deban entregar su mercancía en establecimientos o domicilios de la zona.
  • Vehículos que accedan a talleres mecánicos, establecimientos hoteleros o al aparcamiento público.
  • Vehículos históricos, taxis y VTC.
  • Vehículos de transporte de caudales y comunicaciones postales.
  •  Servicios públicos esenciales.
  • Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida. 

En la segunda fase, la prohibición se ampliará a los vehículos con distintivo B, manteniendo las mismas excepciones, si bien se requerirá autorización previa e inscripción en el Registro municipal de vehículos autorizados.

Tras la aprobación definitiva de la Ordenanza, habrá seis meses de plazo hasta que se activen las sanciones. El pasado año ya se instalaron las cámaras y el software necesario para poder realizar los pertinentes controles de vehículos.

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