Torrelodones | Acogida de refugiados ucranianios
A lo largo de toda la mañana del domingo 20 de marzo.
Aquellos vecinos que se hayan planteado la posibilidad de acoger en sus domicilios a refugiados ucranianos, el Ayuntamiento ha habilitado un formulario web para canalizar dichas solicitudes, aquí.
En el caso de necesidad de escolarización habría que ponerse en contacto con la concejalía de educación del ayuntamiento de Torrelodones al 91 859 56 35 o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Normas para el empadronamiento de ucranianos en viviendas de vecinos de Torrelodones
Documentación que hay que rellenar y presentar en el Registro-Padrón:
- Hoja de inscripción padronal.
- Rellenar las filas completas de las personas a las que se va a dar de alta en el Padrón.
En el recuadro “autorización de persona empadronada”, recoger los datos del titular de la vivienda o titular del contrato de alquiler.
- Declaración responsable de progenitor sin resolución judicial: la rellena la madre ucraniana indicando los nombres de sus hijos.
- Fotocopia del DNI titular de la vivienda.
- Fotocopia de Pasaporte, NIE. La acreditación de los datos de identidad de menores de edad, sin distinción de nacionalidad, hasta los 14 años, se realiza mediante el Libro de Familia o el Certificado de nacimiento de las personas a dar de alta en el Padrón de Habitantes.
Cómo solicitar cita en registro-padrón
Sede Electrónica del Ayuntamiento en https://sede.torrelodones.es
- Pinchar sobre “Solicitar Cita Previa” (parte derecha de la Sede)
- Elegir el servicio en el que desea obtener la cita previa (en este caso Padrón de Habitantes)
- Seleccionar el día y la hora que más convenga.
- Pulsar la opción “Reservar Seleccionadas”.
- Rellenar los campos que aparecen.
- Esperar mensaje SMS a móvil que confirma la fecha y la hora de la cita.
Información para desplazados ucranianos en España: qué trámites deben realizar y cuáles son sus derechos
El ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha incluido en su página web la guía titulada “Ucrania. Información para los desplazados ucranianos en España” en la que se detallan los derechos y trámites que se deben realizar para la entrada en España, así como los procedimientos de acogida.
Para acceder al Sistema de Acogida los refugiados deberán cumplir dos requisitos, haberse desplazado después del 24 de febrero y como consecuencia de la invasión rusa, o encontrarse en España en el estallido de la guerra y no haber podido regresar a Ucrania.
La Oficina de Extranjería también ofrece sus servicios para los ucranianos a los que se les impide la obtención de los documentos necesarios para tramitar su autorización de residencia y trabajo.
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