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Manzanares El Real | La Comunidad de Madrid informa sobre nuevas medidas tras el final del estado de alarma

Manzanares El Real | La Comunidad de Madrid informa sobre nuevas medidas tras el final del estado de alarma

Quedará sin efecto el cierre perimetral del municipio a partir de las 00:00 del día 9 de mayo de 2021.

En la mañana de hoy, viernes 7 de mayo, la consejería de Sanidad ha anunciado el ajuste de las restricciones de diferentes zonas básicas de salud (ZBS) que, como informáramos anteriormente, no afectan a Manzanares El Real. En ese sentido quedará sin efecto el cierre perimetral del municipio a partir de las 00:00 del día 9 de mayo de 2021.

En otro orden de cosas, la CAM también ha informado sobre lo siguiente:

Se suprimirá, a partir del próximo 9 de mayo, el toque de queda mientras que va a mantener, con control judicial, las limitaciones y medidas específicas en determinadas zonas básicas de salud.

  • Se recomienda que la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar, social o lúdico, tanto en la vía pública como en espacios públicos, se limite a un número máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes.
  • Se aconseja que la participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas que se desarrollen en domicilios y espacios de uso privado se limite a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia. El uso de la mascarilla será obligatorio en las mismas condiciones que hasta la fecha, con las mismas excepciones.

La Consejería de Sanidad ha elaborado una nueva Orden que sustituirá a la Orden 668/2020, de 19 de junio, que será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid y producirá efectos desde las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021. Dicha Orden tiene por objeto establecer las medidas preventivas de contención y propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Las medidas, en vigor desde las 00.00 horas del 9 de mayo, son las siguientes:

  • Apertura de los establecimientos comerciales y de prestación de servicios profesionales entre las 06:00 y las 23:00 horas máximo, excepto los de servicios esenciales que no tienen límite horario, y su aforo queda limitado al 75%, que es como está actualmente fijado.
  • Hostelería: el horario de cierre se fijará a las 00:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes para consumir en el establecimiento a partir de las 23:00 horas. Además, se mantiene la prohibición de consumo en barra y la limitación de cuatro comensales por mesa en el interior y de seis en terrazas. Por lo que respecta al aforo en la hostelería se mantiene como hasta ahora, el 50% en el interior y el 75% en exterior.
  • Cines, teatros y auditorios podrán cerrar a las 00:00 horas. Se mantiene la butaca preasignada, el 75% de aforo y la obligación de dejar una butaca libre entre personas o grupo de personas que adquieran entrada conjuntamente.
  • Lugares de culto: se limita el aforo con carácter general al 50%. En velatorios y entierros, no hay tampoco variación, ya que se mantienen las 50 personas al aire libre y de 25 en espacios cerrados.
  • Museos y monumentos: seguirán como hasta ahora con un aforo al 75% y visitas en grupo de un máximo de 10 personas, y las bibliotecas seguirán igualmente con una ocupación máxima del 75%.
  • Recintos taurinos al 50% y gimnasios hasta las 23 horas.
  • Salas multiusos polivalentes como el Wizink Center, recintos destinados a espectáculos públicos y recintos taurinos tendrán un 50% de aforo, butaca preasignada y una butaca libre entre personas o grupo de personas que adquieran entrada conjuntamente. Su cierre queda fijado a las 00:00 horas y la actividad tiene que programarse para que esté finalizada a esta hora.
  • Academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada mantendrán como hasta ahora un aforo del 75%. Por su parte, las instalaciones deportivas y gimnasios podrán abrir entre las 06:00 y las 23:00 horas pero con aforo del 50%.
  • Parques recreativos infantiles (parques de bolas y similares): se mantienen como hasta ahora con un aforo del 40%; los parques de atracciones, zoos, acuarios y centros recreativos turísticos, como hasta ahora, con un aforo del 60%; las ferias comerciales, congresos, reuniones o juntas de propietarios, como hasta ahora, con un aforo del 75%; y los locales de juego, apuestas, casino y el hipódromo, con un aforo al 50% y horario de cierre a las 00:00 horas.
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