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Torrelodones | Bonificación en el IBI para las viviendas verdes

Torrelodones | Bonificación en el IBI para las viviendas verdes

Los vecinos de Torrelodones pueden disfrutar de una bonificación del 35% en la cuota íntegra del IBI.

Desde el 1 de enero de 2020, y tras la modificación de las ordenanzas fiscales por parte del Pleno del Ayuntamiento celebrado el martes 15 de octubre de este mismo año, los vecinos de Torrelodones pueden disfrutar de una bonificación del 35% en la cuota íntegra del IBI aquellas viviendas en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar y en las que dichos sistemas representen al menos el 50% del suministro total de energía.

Esa medida se engloba dentro de la promoción de la fiscalidad verde que busca mejorar la conservación del medio ambiente y asegurar una economía sostenible.

Quienes deseen instalar en su vivienda placas fotovoltaicas de autoconsumo beberán realizar la correspondiente solicitud rellenando un impreso de declaración responsable urbanística, aquí, adjuntando la siguiente documentación:

  • Memoria descriptiva del proyecto
  • Presupuesto de la obra
  • Justificante de pago del impuesto de construcciones y obras (para realizar el pago contacten por correo electrónico con el departamento de Tesorería en (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)

Por su parte, y para solicitar la bonificación del IBI se deberá rellenar una instancia, aquí, adjuntando la siguiente documentación

  • Copia de la declaración responsable urbanística presentada antes de la realización de la obra.
  • Boletín favorable de la instalación con justificante de registro en Industria.
  • Previsión teórica de la generación fotovoltaica año en virtud de las características de la instalación, sombras, inclinación y orientación.
  • Relación de facturas/consumos de suministro eléctrico de la vivienda anteriores a la puesta en marcha de la instalación (aportar una anualidad).
  • En el supuesto que la generación de calefacción no sea eléctrica, aportar relación de facturas gas (si es gasóleo u otra distinta a gas, aportar Declaración Responsable del tipo de energía) correspondiente a la anualidad anterior.
  • Aportar relación de facturas eléctricas a partir de la puesta en marcha de la instalación (si se han llegado a emitir).
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