Fresnedillas de la Oliva | El Defensor del Pueblo admite a trámite la denuncia del Partido Popular de Fresnedillas al equipo de Gobierno local

Fresnedillas de la Oliva | El Defensor del Pueblo admite a trámite la denuncia del Partido Popular de Fresnedillas al equipo de Gobierno local

La causa es el bloqueo sistemático del equipo de Gobierno al acceso de documentación por parte del Grupo Municipal Popular para el ejercicio de sus funciones, tal como establece la ley.

El Defensor del Pueblo ha admitido a trámite la denuncia presentada por el Grupo Municipal del Partido Popular de Fresnedillas de la Oliva, en relación al bloqueo por parte del alcalde y su equipo de Gobierno, para su acceso -tal como establece la ley-, a la documentación para realizar su labor fiscalizadora como oposición al Gobierno. Concretamente, la comunicación remitida desde el Defensor del pueblo, señala que “Una vez estudiada su queja, procede admitirla al entender que reúne los requisitos del artículo 54 de la Constitución, en relación con la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo.” Y que con la misma fecha de la carta (8 de marzo de 2022), “se inician actuaciones con el Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva.”  

Ante la sistemática falta de aportación de documentación por parte del Gobierno local, el Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Fresnedillas, afirma que todas las solicitudes presentadas se encuentran conforme a derecho y debidamente justificadas, siendo laxo el Ayuntamiento, su Equipo de Gobierno y sus trabajadores, en cuanto al cumplimiento de plazos para la entrega de la documentación; a pesar de que la LBRL contempla cinco días naturales para su entrega.

Para poder ejercer plenamente su derecho y su deber como oposición, el Grupo Popular había solicitado recientemente información sobre la evolución de visitas con carácter mensualizado al Museo Lunar del municipio, de titularidad municipal y principal reclamo turístico del pueblo; información para conocer la situación laboral de todos los trabajadores municipales; sobre la evolución de altas y bajas del Padrón Municipal; sobre reparos que hayan podido ser interpuestos por parte de la Intervención Municipal al alcalde o a sus concejales delegados; balances y flujos de caja al Ayuntamiento; información relativa a la declaración de bienes e incompatibilidades; información de las retribuciones recibidas en materias de comisión y/o dietas por parte de los miembros de la Corporación Municipal, etc.

Sin embargo, a la fecha de presentación del escrito denuncia ante el Defensor del Pueblo, el Grupo Municipal del Partido Popular, no ha recibido ninguna información de las solicitadas; ni informe motivado de denegación de acceso a la misma por parte del alcalde.

Francisco Javier Domingo Espiñeira, concejal Portavoz del Grupo Popular, insiste en su derecho fundamental a la participación en los asuntos públicos reconocido en el Art. 23 de la Constitución y en su derecho a obtener del Alcalde o Presidente o de la Comisión de Gobierno cuantos antecedentes, datos o informaciones que obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten precisos para el desarrollo de su función, según establece El Estatuto del Concejal, desarrollado en los artículos 14 a 16 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

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