San Lorenzo de El Escorial | Comienza el proceso de los Presupuestos Participativos 2022
En la votación pueden participar los mayores de 18 años empadronados hasta un mes antes del inicio de las votaciones.
El proceso de Presupuestos Participativos 2022 comienza hoy, 16 de agosto, con la precampaña informativa, que se desarrollará hasta el día 31. La fase de presentación de propuestas tendrá lugar entre el 1 de septiembre y el 3 de octubre, día en el que se constituirá el Grupo Motor, y la votación de los proyectos se hará entre el 15 y el 28 de noviembre. Los resultantes se ejecutarán durante el año 2022.
Una herramienta de participación directa
Los Presupuestos Participativos son una herramienta de democracia participativa directa, gracias a la cual los ciudadanos pueden decidir sobre el destino de una partida del Presupuesto Municipal, proponiendo proyectos para ser desarrollados por el Ayuntamiento y votándolos posteriormente.
Para la formulación de propuestas, pueden participar todos los mayores de 18 años, empadronados y titulares de inmuebles y actividades económicas radicados en el municipio, estén empadronados o no sus titulares.
En la votación pueden participar los mayores de 18 años empadronados en San Lorenzo de El Escorial hasta un mes antes del inicio de las votaciones.
El Grupo Motor, indispensable en el proceso
Parte muy importante del proceso es el Grupo Motor, un equipo de trabajo formado por voluntarios que colaboran con el área de Participación Ciudadana durante el proceso y del que pueden formar parte los mayores de edad empadronados que lo deseen, y que resulten elegidos en la reunión constitutiva, que tendrá lugar el 3 de septiembre, a las 19:00 horas, en la Casa de Cultura. Los voluntarios no podrán tener representación política u orgánica dentro de partidos, sindicatos o colegios profesionales. Aquellos que deseen formar parte del Grupo Motor deberán inscribirse en el formulario habilitado en el Portal de Participación.
Las propuestas podrán hacerse a través del Portal de Participación del Ayuntamiento y su coste de ejecución no debe superar los 15.000 euros cada una.
¿Cuáles son los criterios de viabilidad de las propuestas?
De cara a mejorar la transparencia del proceso, el Ayuntamiento ha concretado los criterios de viabilidad de las propuestas. Se considerarán inviables todas aquellas propuestas que:
- Se presenten fuera del plazo indicado.
- Las propuestas en las que no aparezca debidamente identificada la persona que la presenta: nombre, apellidos y documento de identificación, teléfono de contacto y, en su caso, denominación de la entidad ciudadana u otra persona jurídica a la que represente.
- La propuesta cuya ejecución no sea de competencia del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial o sea contraria al planeamiento, al orden pacífico o a la legalidad vigente.
- Que la propuesta no pueda ejecutarse en el año del Presupuesto Participativo al que corresponda.
- Las propuestas que sean inexactas o indeterminadas podrán ser excluidas una vez que se haya solicitado la concreción establecida en el párrafo quinto de la instrucción tercera, y esta no se haya realizado o se hubiera realizado de forma insuficiente.
- Que la propuesta precise ser ejecutada por persona física o jurídica distinta del propio Ayuntamiento.
- Las propuestas que para su ejecución requieran la firma de un convenio.
- No se admitirán las propuestas que conlleven nueva contratación de personal por parte del Ayuntamiento. Se excluye cualquier tipo de transferencia directa o subvención.
- Que las propuestas presentadas se correspondan con actuaciones en desarrollo o cuyo inicio ya estuviera acordado por el órgano competente.
- Que el coste estimado de la inversión de la propuesta supere el límite máximo de 15.000 € (incluido IVA). Si el personal técnico considera que el presupuesto es superior a dicha cantidad podrá contactar con quién haya realizado la propuesta con el objeto de que reformule la propuesta para ajustarla presupuestariamente al mencionado límite.
- Que la propuesta afecte a una actuación que haya sido ejecutada en los cinco últimos ejercicios presupuestarios anteriores.
- Que la propuesta se haya ejecutado anteriormente o afecte a otra propuesta ejecutada con cargo a los Presupuestos Participativos de los cinco últimos años.
- Que sea inviable por otros motivos técnicos, económicos o legales a juicio de los técnicos municipales.
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