Torrelodones | Posibilidad de solicitar protección temporal para obtener permisos de residencia y trabajo en 24 horas

Torrelodones | Posibilidad de solicitar protección temporal para obtener permisos de residencia y trabajo en 24 horas

El BOE recoge el nuevo mecanismo de las comisarías.

El Boletín Oficial del Estado publica la orden por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

Entre las principales novedades figura la agilidad para resolver los expedientes. En este sentido, el ministerio del Interior resolverá en 24 horas las peticiones de protección temporal de los ciudadanos ucranianos.

A fin de agilizar el proceso la modificación incluye la posibilidad de acudir a las comisarias para solicitar la autorización de residencia y trabajo. En concreto, el texto establece que se podrá solicitar desde comisarías específicas de la Policía Nacional en todo el territorio, así como en los centros de recepción habilitados.

Los desplazados podrán acudir a estos puntos habilitados donde funcionarios de la Policía Nacional tomarán sus datos identificativos y otros elementos, un trámite en el que se contará con intérpretes de idiomas, y en el que se les expedirá un resguardo acreditativo de su solicitud de protección, en el que constará además un NIE asignado.

Posteriormente, la solicitud será tramitada por la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior y resuelta en el plazo máximo de 24 horas e incluirá la autorización de residencia y, en el caso de los solicitantes mayores de edad, de trabajo.

Según establece la normativa, la protección temporal y los permisos de residencia y trabajo se entenderán prorrogados automáticamente por otra anualidad al finalizar el primer año de vigencia, si el órgano competente para declarar la protección temporal no la ha dado por finalizada; de manera excepcional podría prorrogarse un tercer año.

La solicitud de protección temporal se formulará mediante comparecencia personal de la persona interesada ante funcionarios de la Dirección General de la Policía, en los centros de acogida, recepción y derivación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o, en su caso, ante las comisarías de policía que se determine.

 

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